Buscan diputados del congreso del estado de Guanajuato castigar hasta con dos años de cárcel el ciber acoso, son 3 tipos penales, acecho, captación de menores y afectación a la intimidad.
En caso del asecho, el cual consiste en conductas repetitivas que hagan a otra persona o a su familia sentirse intimidada o en riesgo por medio de redes de comunicación al ser buscadas e investigadas por terceros.
También se estaría considerando como delito la captación de menores, la cual consiste que estos sean contactados por medio de redes sociales por personas mayores de edad con fines de sustraerlos de sus familias o con fines sexuales.
La afectación a la intimidad es cuando una persona difunde imágenes o videos de contenido íntimo sexual sin la autorización de la otra persona, actos que se realizaron con anterioridad con el consentimiento, sin embargo lo que se estaría castigando es la difusión a terceros.
Respecto a las sanciones estas son variables para cada uno de los delitos penales, en el caso de la captación de menores se habla de tres meses a dos años de prisión y de 5 a 20 días de multa, en lo que respecta a la afectación de la intimidad 3 meses a un año de prisión y en el caso del acecho va de 3 meses a dos años de cárcel al considerarla como una conducta grave.
Para investigar y detectar estos hechos dijo que para ello ya hay estándares internacionales, como por ejemplo en el caso del asecho las personas tienen que cambiar su estilo de vida, cambian su número de celular, su residencia, ya no transitan por los mismo lugares y abandonan incluso su trabajo al sentirse intimidados, pruebas que se tendrán que valorar para presentarlas ante un juez que estará valorando la situación basándose también en los elementos de los aparatos de tecnología, como mensajes, la difusión del contenido gráficos como videos y fotografías sin la autorización a terceras personas.